El Código de Ética del CMP detalla deberes cruciales del médico, cuya aplicación en la UCI demanda una atención y sensibilidad particulares. La base de la relación médico-paciente-familia se sustenta en actuar con decoro, honestidad, responsabilidad, integridad y prudencia.

El consentimiento informado en la UCI es un proceso dinámico y a menudo desafiante. Cuando el paciente carece de capacidad, este proceso se realiza con los familiares o representantes legales. Es deber del intensivista asegurarse de que la información proporcionada sea completa y comprensible, cubriendo el diagnóstico, pronóstico (con sus incertidumbres), opciones de tratamiento (incluyendo la opción de no tratar o limitar el esfuerzo terapéutico), beneficios esperados y riesgos potenciales de cada alternativa. Se deben explorar los valores y preferencias previas del paciente. La gestión de desacuerdos entre familiares, o entre la familia y el equipo médico, requiere habilidades de mediación y un enfoque centrado en el mejor interés del paciente. La documentación exhaustiva de este proceso es imperativa.

El secreto profesional y la confidencialidad son de observancia estricta. El intensivista debe proteger toda información relacionada con el acto médico y aquella confiada por el paciente o su familia. En la UCI, esto implica ser cauto en las discusiones clínicas en áreas comunes, asegurar la protección de datos en sistemas electrónicos, y ser discreto en las comunicaciones. Las excepciones a la confidencialidad (riesgo para la salud de terceros, mandato legal, consentimiento del paciente, fines académicos con anonimización, etc.) deben ser interpretadas restrictivamente y aplicadas con sumo cuidado.

Las relaciones profesionales dentro del equipo multidisciplinario de la UCI (con otros médicos, personal de enfermería, terapeutas, farmacéuticos, etc.) deben basarse en el respeto mutuo, la colaboración, la comunicación abierta y la búsqueda conjunta del bienestar del paciente. Esto incluye abordar constructivamente los desacuerdos profesionales. Las relaciones con la industria farmacéutica y de tecnología médica deben ser transparentes y evitar cualquier conflicto de interés que pueda influir en las decisiones clínicas.

Finalmente, el Código enfatiza la obligación de reportar actos de tortura o cualquier acción que menoscabe la integridad física o mental de un paciente. Aunque pueda parecer lejano al día a día de la UCI, el intensivista debe estar alerta a cualquier signo de vulneración de derechos y actuar en consecuencia, reafirmando su rol como defensor de la dignidad humana. La meticulosa documentación en la historia clínica no es solo un requisito legal, sino un deber ético que garantiza la transparencia y la continuidad de una atención de calidad.

Fuente: Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú